Por años el debate en torno a la contaminación ambiental ha sido recurrente en nuestro país. Cada invierno el tema reflota con fuerza en la época de inversión térmica, cuando no hay ventilación, y los episodios críticos comienzan a ser noticia ya no sólo en Santiago, sino en varias ciudades del centro sur del país. Por estos días somos testigos de la dramática situación que afecta a Temuco, donde los inusuales niveles de polución generada por el humo de la leña están comprometiendo seriamente la salud de sus habitantes. No menos inquietante es la realidad que aqueja a ciudades como Osorno, Concepción, Chillán, Los Ángeles y Rancagua, por citar las principales
En este contexto, sin embargo, lo novedoso este año son las medidas que la autoridad está implementando para restringir el uso de la leña para fines de calefacción, que es la principal fuente emisora de material particulado fino (PM2.5), el contaminante que más significativamente ha sido asociado a eventos de mortalidad y morbilidad en la población.
Una de estas medidas es la nueva normativa para calefactores a leña (D.S. N° 39/2011, del Ministerio de Medio Ambiente), la que establece que a partir del 1 de octubre de este año sólo se podrán comercializar -a nivel nacional- aquellos artefactos que cumplan con los niveles de emisiones allí establecidos, los cuales dependen de la potencia térmica del calefactor. El nivel de emisiones más exigente establecido en la norma es de 2,5 gramos de material particulado por hora y es aplicable para las estufas de hasta 8 kW, que son las más comúnmente utilizadas a nivel residencial.
Aún más, previo a su comercialización, estos artefactos deberán ser certificados en base a los procedimientos que determine la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), entidad que fue facultada para tales efectos en virtud de la Ley 20.586 (publicada en el Diario Oficial del 16 de mayo de 2012), que “Regula la certificación de los artefactos para combustión de leña y otros productos dendroenergéticos”.
En tanto, el D.S. 66/09 de la Segpres, que revisa, reformula y actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) va un paso más adelante en esta misma dirección, al establecer restricciones adicionales a la utilización de calefactores a leña en la capital. En su artículo 102 señala que a partir de noviembre de 2014 no podrán ser utilizados en áreas urbanas de la zona saturada de la RM aquellos calefactores que emiten más de 2,5gr/h.
Es importante enfatizar que lo anterior implica que, a partir del invierno de 2015, sólo podrán utilizarse en Santiago aquellos calefactores que cumplan las exigencias del PPDA, quedando prohibido el uso de la mayoría de los artefactos de este tipo que actualmente se comercializan en el mercado local.
Como complemento de estas normativas, la autoridad también está explorando medidas más audaces, como el reemplazo de la leña en zonas saturadas de PM 2.5 por otros combustibles ambientalmente más amigables para fines de calefacción -tal como ocurre en el proyecto de Plan de Descontaminación para la VI Región–, lo que contribuiría a mejorar las condiciones ambientales tanto dentro como fuera de los hogares de las comunas más afectadas.
Las iniciativas comentadas apuntan a elevar los estándares ambientales, lo que es destacable, más aún considerando que en la zona centro sur del país los artefactos de combustión a leña son los más utilizados. Según antedecentes de la SEC, alrededor del 70% de los calefactores residenciales utilizan leña; además, el parque es antiguo, de baja eficiencia, altas emisiones y bajos niveles de seguridad.
Sin embargo, estas nuevas normativas representan a su vez un gran desafío de fiscalización, ya que, según cifras oficiales, con su entrada en vigencia será necesario reemplazar más de 100.000 estufas a leña sólo en la capital, a partir de noviembre de 2014, tarea nada de fácil cuando no se cuenta con un catastro de las mismas. Es de esperar que las instituciones a cargo de fiscalizar el cumplimiento de estas iniciativas estén a la altura de la responsabilidad que les ha confiado la ley.
Fuente: La Tercera, martes 21 mayo 2013