Carlos Cortés, Presidente Ejecutivo de AGN, presentó a la Comisión de Minería y Energía del Senado la posición del gremio respecto al Proyecto de Ley que modifica el régimen aplicable al chequeo de rentabilidad anual al que están sujetas las empresas concesionarias de distribución de gas. (bol. N°15.135-08)
El marco legal vigente (Ley 20.999) establece un régimen de libertad tarifaria para la actividad de distribución de gas natural, el que está sujeto a un umbral máximo de rentabilidad. Si la rentabilidad promedio de los últimos 3 años supera el umbral, se aplica un modelo de tarificación regulada. De acuerdo al esquema de contabilidad regulatoria instaurado por dicha Ley, no hay empresas que hayan superado dicho umbral.
Dentro de las modificaciones propuestas por el Proyecto de Ley, se encuentra la eliminación del spread de 3 puntos sobre la tasa de costo de capital para instalaciones que superen los 20 años de antigüedad. Ante esto, AGN visibiliza las repercusiones que este cambio en la legislación tendría para la industria, donde las empresas no podrían obtener una rentabilidad a largo plazo, ya que el spread tiene sentido a partir de los 10 o 15 años de maduración de la inversión para compensar los años iniciales de baja rentabilidad, y se podría generar un desincentivo a nuevas inversiones.
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2022-08-30 Presentación AGN_Boletín 15.135-08